EQUIPO 6 SE PRESENTARON LUNES 10 DE SEPTIEMBRE 1. Ramírez Cruz Sandra Verónica 2. Cuaya Romero Teresa 3. Anaya Fuentes Marisol 4. Muñoz Díaz Jessica Anahí 5. Trujillo Mazorra Luis Fernando NO SE PRESENTARON: 1. Ramírez Cruz Sandra Verónica 2. Muñoz Díaz Jessica Anah ME ENTREGÓ RECETAS MÉDICAS COMO CONSTANCIA DE INASISTENCIA
La mejor manera para evitar ser participes de la MALA PRÁCTICA, es conocer las OBLIGACIONES DEL MÉDICO. Obligaciones de Medios. Correcta aplicación de las medidas de sostén terapéutico. Obligaciones de seguridad. Deber de evitar siniestros. Uso correcto y mantenimiento de material y equipos. Obligaciones de Resultado. Difícilmente se puede obligar al personal de salud a obtener un resultado en su atención. a) Reportes de laboratorio y gabinete b) Cirugía estética
ASPECTOS TÉCNICOS PREVENTIVOS EXPEDIENTE CLÍNICO NOM 168- SSA Regula y unifica el conjunto de documentos en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. De observancia genera general en el territorio nacional (Sector público, social y privado) ES UN INSTRUMENTO JURÍDICO, MEDICO, ESTADISTICA, HERRAMIENTA DE EVALUACIÓN-DOCENCIA E INVESTIGACIÓN. Su ausencia o registro deficiente = NEGLIGENCIA EN LA ATENCIÓN MÉDICA. El expediente clínico también es conocido como: Regina Probantissima (Reyna de las pruebas); Prueba contundente en los dictámenes de la Procuración de Justicia.
*Resolución de casos ante tribunales judiciales área de Estomatología: ¿Qué es el Tribunal de Ética Odontológica? “Es la corporación que hace cumplir el Código de Ética del Odontólogo que es la Ley, es quien imparte la justicia en casos de litigio o inconformidad con tratamientos odontológicos. Es de odontólogos para odontólogos”. ¿Cómo es el procedimiento de los casos? “Los usuarios ponen la queja, cuentan la historia, se reparte el caso en la sala plena, se manda a un magistrado, se piden los documentos (historia clínica, exámenes, radiografías) y luego se llama al odontólogo para que rinda su versión libre. Luego se nombran peritos u odontólogos especialistas en el área y se recopila toda la información, presenta el informe en sala plena, se hacen más exámenes si son necesarios y se decide si se exonera al odontólogo o se llama a descargos” ¿Cuántas personas conforman el tribunal? “Cinco magistrados que son elegidos por una lista de diez odontólogos que tengan una buena hoja de vida, con comportamiento intachable. Los elige el Tribunal Nacional de Ética del Odontólogo y luego son ratificados. ¿Qué tanto se conoce este tribunal? “Muy poco, la gente desconoce que tiene este derecho, incluso hay odontólogos que no conocen ni la Ley”. ¿Cuál es el papel del odontólogo frente a los lineamientos del Tribunal? “Dan a los odontólogos muy poco tiempo para la atención, son cortos y la responsabilidad es muy grande para él. Muchas veces no es error del profesional sino que debe cumplir con los requerimientos de tiempos”.
¿Cuáles son los tipos de demanda más frecuentes? “De ortodoncia, por la inconformidad del tiempo o que no llenan expectativas; de rehabilitación oral, coronas, prótesis e implantes”. ¿Cómo se sanciona al profesional? “La sanción es ética. La Ley contempla una amonestación verbal, un llamado de atención por escrito o en el caso extremo la suspensión del ejercicio de su profesión de 3 meses hasta 3 años, situaciones que afectan directamente la hoja de vida del profesional”. ¿Qué decirle al joven que aspira a ser odontólogo? “Debe tener espíritu de servicio, de abnegación, tener espíritu de entrega a la humanidad. Que no se olvide que la odontología no es solo para ganar dinero sino para prestar un servicio. Contar con la paciencia para atender a un paciente. Estar capacitándose constantemente porque todo va innovando GRACIAS
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Ética y Practica Profesional “Resolución de los casos ante los tribunales judiciales” Otoño 2012 Integrantes: Anaya Fuentes Marisol Cuaya Romero Teresa Trujillo Mazorra Luis Fernando
*Resolución de los casos ante los tribunales judiciales Proporcionaremos algunos conceptos a manera de introducción para la comprensión del tema: *Culpa: Obra o acción que genera un daño que no se previó siendo previsible en virtud de la violación de un deber ciudadano. *Puede afectar Vida o Salud. *Generalmente es por: Imprudencia o Negligencia. **Modalidades de culpa: Impericia, Imprudencia, Negligencia, Precipitación, Inobservancia. *Evaluación de la culpa médica: Se debe corroborar él: Modo (prudente, diligente), Tiempo, Lugar. De ahí surge otro concepto: Responsabilidad Médica que se define como la obligación del médico para reparar, satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones o errores voluntarios e involuntarios cometidos en el ejercicio de la profesión. *Es necesario mencionar que todo personal de la salud está sujeto a diversas legislaciones como: Código Civil, Código Penal, Ley General de Salud, Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Normas Oficiales Mexicanas; etc. El Personal de la Salud puede incurrir en tres tipos de responsabilidad: a) Responsabilidad Penal: Incurrida en esta corresponde a los tribunales del DF declarar la responsabilidad o irresponsabilidad del personal en el caso en discusión; asimismo se encarga de aplicar las sanciones correspondientes. b) Responsabilidad Civil: Cuando en paciente está inconforme con la atención prestada puede acudir a para interponer la demanda y de esta forma iniciar un juicio civil. c) Responsabilidad Administrativa: Es el procedimiento al que se sujetan las quejas y denuncias que se llevan en contra de los servidores públicos; las sanciones por falta administrativa son: 1. Apercibimiento privado o público 2. Amonestación pública o privada 3. Suspensión 4. Destitución del puesto 5. Sanción económica 6. Inhabilitación para desempeñar empleos
*Delitos que son perseguidos y pueden desencadenar un proceso judicial penal; Delitos contra la salud, Revelación del secreto profesional, Falsificación de documentos, Lesiones, Homicidio, Aborto, Abandono de persona, Usurpación de profesión, Suministro de medicinas nocivas e inapropiadas, Delitos comprendidos en la Ley General de Salud. Según la gravedad de la lesión se puede sancionar con: Privación de libertad, Multa, Suspensión del ejercicio, Inhabilitación para ejercer la profesión, etc.
*Fases del Proceso Judicial Penal: 1.- Denuncia 2.- Averiguación previa por parte del ministerio Público 3.- Orden del MP para la aprehensión del médico 4.- Presentación de caso ante un juzgador con el objetivo de conceder el otorgamiento de fianza. 5.- Dictamen de la sentencia: Condenatoria o Absolutoria **Es importante recordar que para el caso se requiere de peritos para un mejor entendimiento entre profesionales.
EQUIPO 6 SE PRESENTARON LUNES 10 DE SEPTIEMBRE
ResponderEliminar1. Ramírez Cruz Sandra Verónica
2. Cuaya Romero Teresa
3. Anaya Fuentes Marisol
4. Muñoz Díaz Jessica Anahí
5. Trujillo Mazorra Luis Fernando
NO SE PRESENTARON:
1. Ramírez Cruz Sandra Verónica
2. Muñoz Díaz Jessica Anah ME ENTREGÓ RECETAS MÉDICAS COMO CONSTANCIA DE INASISTENCIA
La mejor manera para evitar ser participes de la MALA PRÁCTICA, es conocer las OBLIGACIONES DEL MÉDICO.
ResponderEliminar Obligaciones de Medios.
Correcta aplicación de las medidas de sostén terapéutico.
Obligaciones de seguridad.
Deber de evitar siniestros. Uso correcto y mantenimiento de material y equipos.
Obligaciones de Resultado.
Difícilmente se puede obligar al personal de salud a obtener un resultado en su atención.
a) Reportes de laboratorio y gabinete
b) Cirugía estética
ASPECTOS TÉCNICOS PREVENTIVOS
EXPEDIENTE CLÍNICO
NOM 168- SSA Regula y unifica el conjunto de documentos en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias.
De observancia genera general en el territorio nacional (Sector público, social y privado)
ES UN INSTRUMENTO JURÍDICO, MEDICO, ESTADISTICA, HERRAMIENTA DE EVALUACIÓN-DOCENCIA E INVESTIGACIÓN.
Su ausencia o registro deficiente = NEGLIGENCIA EN LA ATENCIÓN MÉDICA.
El expediente clínico también es conocido como: Regina Probantissima (Reyna de las pruebas); Prueba contundente en los dictámenes de la Procuración de Justicia.
*Resolución de casos ante tribunales judiciales área de Estomatología:
ResponderEliminar¿Qué es el Tribunal de Ética Odontológica?
“Es la corporación que hace cumplir el Código de Ética del Odontólogo que es la Ley, es quien imparte la justicia en casos de litigio o inconformidad con tratamientos odontológicos. Es de odontólogos para odontólogos”.
¿Cómo es el procedimiento de los casos?
“Los usuarios ponen la queja, cuentan la historia, se reparte el caso en la sala plena, se manda a un magistrado, se piden los documentos (historia clínica, exámenes, radiografías) y luego se llama al odontólogo para que rinda su versión libre.
Luego se nombran peritos u odontólogos especialistas en el área y se recopila toda la información, presenta el informe en sala plena, se hacen más exámenes si son necesarios y se decide si se exonera al odontólogo o se llama a descargos”
¿Cuántas personas conforman el tribunal?
“Cinco magistrados que son elegidos por una lista de diez odontólogos que tengan una buena hoja de vida, con comportamiento intachable. Los elige el Tribunal Nacional de Ética del Odontólogo y luego son ratificados.
¿Qué tanto se conoce este tribunal?
“Muy poco, la gente desconoce que tiene este derecho, incluso hay odontólogos que no conocen ni la Ley”.
¿Cuál es el papel del odontólogo frente a los lineamientos del Tribunal?
“Dan a los odontólogos muy poco tiempo para la atención, son cortos y la responsabilidad es muy grande para él. Muchas veces no es error del profesional sino que debe cumplir con los requerimientos de tiempos”.
¿Cuáles son los tipos de demanda más frecuentes?
“De ortodoncia, por la inconformidad del tiempo o que no llenan expectativas; de rehabilitación oral, coronas, prótesis e implantes”.
¿Cómo se sanciona al profesional?
“La sanción es ética. La Ley contempla una amonestación verbal, un llamado de atención por escrito o en el caso extremo la suspensión del ejercicio de su profesión de 3 meses hasta 3 años, situaciones que afectan directamente la hoja de vida del profesional”.
¿Qué decirle al joven que aspira a ser odontólogo?
“Debe tener espíritu de servicio, de abnegación, tener espíritu de entrega a la humanidad. Que no se olvide que la odontología no es solo para ganar dinero sino para prestar un servicio. Contar con la paciencia para atender a un paciente. Estar capacitándose constantemente porque todo va innovando
GRACIAS
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
ResponderEliminarÉtica y Practica Profesional
“Resolución de los casos ante los tribunales judiciales”
Otoño 2012
Integrantes:
Anaya Fuentes Marisol
Cuaya Romero Teresa
Trujillo Mazorra Luis Fernando
*Resolución de los casos ante los tribunales judiciales
Proporcionaremos algunos conceptos a manera de introducción para la comprensión del tema:
*Culpa: Obra o acción que genera un daño que no se previó siendo previsible en virtud de la violación de un deber ciudadano.
*Puede afectar Vida o Salud.
*Generalmente es por: Imprudencia o Negligencia.
**Modalidades de culpa: Impericia, Imprudencia, Negligencia, Precipitación, Inobservancia.
*Evaluación de la culpa médica: Se debe corroborar él: Modo (prudente, diligente), Tiempo, Lugar.
De ahí surge otro concepto: Responsabilidad Médica que se define como la obligación del médico para reparar, satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones o errores voluntarios e involuntarios cometidos en el ejercicio de la profesión.
*Es necesario mencionar que todo personal de la salud está sujeto a diversas legislaciones como: Código Civil, Código Penal, Ley General de Salud, Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Normas Oficiales Mexicanas; etc.
El Personal de la Salud puede incurrir en tres tipos de responsabilidad:
a) Responsabilidad Penal: Incurrida en esta corresponde a los tribunales del DF declarar la responsabilidad o irresponsabilidad del personal en el caso en discusión; asimismo se encarga de aplicar las sanciones correspondientes.
b) Responsabilidad Civil: Cuando en paciente está inconforme con la atención prestada puede acudir a para interponer la demanda y de esta forma iniciar un juicio civil.
c) Responsabilidad Administrativa: Es el procedimiento al que se sujetan las quejas y denuncias que se llevan en contra de los servidores públicos; las sanciones por falta administrativa son:
1. Apercibimiento privado o público
2. Amonestación pública o privada
3. Suspensión
4. Destitución del puesto
5. Sanción económica
6. Inhabilitación para desempeñar empleos
*Delitos que son perseguidos y pueden desencadenar un proceso judicial penal; Delitos contra la salud, Revelación del secreto profesional, Falsificación de documentos, Lesiones, Homicidio, Aborto, Abandono de persona, Usurpación de profesión, Suministro de medicinas nocivas e inapropiadas, Delitos comprendidos en la Ley General de Salud. Según la gravedad de la lesión se puede sancionar con: Privación de libertad, Multa, Suspensión del ejercicio, Inhabilitación para ejercer la profesión, etc.
*Fases del Proceso Judicial Penal:
1.- Denuncia
2.- Averiguación previa por parte del ministerio Público
3.- Orden del MP para la aprehensión del médico
4.- Presentación de caso ante un juzgador con el objetivo de conceder el otorgamiento de fianza.
5.- Dictamen de la sentencia: Condenatoria o Absolutoria
**Es importante recordar que para el caso se requiere de peritos para un mejor entendimiento entre profesionales.
Muy bien su trabajo
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